REFORMA A LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES PARA LA CELEBRACIÓN DE ASAMBLEAS Y, SESIONES DE CONSEJO Y/O DE ÓRGANO DE VIGILANCIA A TRAVÉS DE MEDIOS ELECTRÓNICOS.

Cazú Montes de Oca Abogados, S.C., hace de su conocimiento que el 20 de octubre de 2023 salió publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Decreto por el que se Reforman diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles, el cual tiene como objetivo regular la manera en la que se celebran las asambleas de socios o accionistas, sesiones del Consejo, así como de los órganos de vigilancia.


Con esta reforma lo que se busca es reconocer la validad de las asambleas que se celebren a través de los medios electrónicos, o también llamados telemáticos, sin que sea necesario la presencia física de los miembros que integran cada uno de los órganos de las Sociedades Esta reforma es un avance para poder facilitar y agilizar este tipo de actos, así como dar mayor certeza jurídica a aquellas asambleas y/o sesiones que realicen a través del uso de las tecnologías, facilitando así la presencia de sus miembros a la hora de la toma de decisiones.


También la mencionada reformar señala que aquellas empresas que se creen posterior a la reforma podrán acordarse en sus estatutos el uso de los medios electrónicos como medio para poder llevar a cabo cualquier asamblea o sesión del consejo de administración y/o del órgano de vigilancia de las sociedades

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Por Brenda Montes 15 de noviembre de 2023
Nuestra firma obtuvo sentencia favorable respecto del amparo indirecto promovido en contra del Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI) contenido en el artículo 113 del Código Fiscal de la Ciudad de México, respecto de una operación de compraventa acontecida durante el ejercicio fiscal 2023, respecto de un bien inmueble en la Ciudad de México. En esta sentencia el Juez determinó otorgar el amparo, para el efecto de que: • Las autoridades deberán desincorporar, es decir, inaplicar a la quejosa el artículo 113 del Código Fiscal de la Ciudad de México, hasta en tanto no se reforme la mecánica del cálculo del impuesto. • Las autoridades deberán devolver a la quejosa la cantidad pagada en exceso por concepto del mencionado impuesto. Por lo anterior, y toda vez que ha sido confirmada la inconstitucionalidad del ISAI para el ejercicio fiscal 2023, cualquier pago de esta naturaleza, es susceptible de ser impugnado a través de un juicio de amparo.
Por Luis Daniel Avila Morales 11 de marzo de 2019
Un número creciente de personas está recurriendo a Internet para todo tipo de asesoramiento. Consejos de moda. Consejos médicos. Consejos matrimoniales. Ciertamente no lo convenceremos de que no obtenga consejos de moda en línea, sin embargo, le recomendamos encarecidamente que no busque consejos legales en Google, ya que esto le podría terminar costando mucho más de lo que piensa.