
El 14 de mayo de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Federal del Derecho de Autor, incorporando nuevas reglas relacionadas con el uso de inteligencia artificial, explotación de imagen, clonación de voz, recreaciones digitales y contratación de artistas, intérpretes y ejecutantes.
La reforma representa uno de los cambios más relevantes en materia laboral, publicitaria y de propiedad intelectual de los últimos años en México, particularmente para empresas que utilizan campañas digitales, contenido audiovisual, influencers, talento artístico, locutores, actores, modelos, creadores de contenido o herramientas de inteligencia artificial generativa.
El nuevo marco legal busca regular escenarios que hasta hace poco operaban con vacíos normativos: clonación de voz mediante IA, recreación digital de personas, reutilización de contenido grabado, uso de imagen en campañas publicitarias y explotación de interpretaciones mediante tecnologías emergentes.
Las implicaciones prácticas alcanzan a sectores como publicidad, entretenimiento, marketing digital, medios, producción audiovisual, streaming, e-commerce, videojuegos, tecnología, retail, plataformas digitales y empresas que utilizan contenido comercial en redes sociales.
La reforma también modifica la manera en la que deberán estructurarse contratos laborales, contratos de prestación de servicios, licencias de uso de imagen y autorizaciones relacionadas con propiedad intelectual.
Uno de los principales objetivos de la reforma es proteger la voz, imagen, identidad e interpretación de artistas, intérpretes y ejecutantes frente al uso de inteligencia artificial y herramientas digitales capaces de replicar o modificar contenido audiovisual.
La legislación ahora exige reglas más específicas respecto a:
El cambio es particularmente relevante porque muchas empresas ya utilizan herramientas de inteligencia artificial para campañas publicitarias, doblaje, generación de contenido, automatización audiovisual y marketing digital, en ocasiones sin contar con autorizaciones suficientemente claras o actualizadas.
La reforma establece que cualquier uso de voz, imagen, interpretación o identidad mediante inteligencia artificial deberá contar con autorización expresa y por escrito del titular de los derechos.
Esto incluye supuestos como:
La autorización deberá especificar claramente:
Desde una perspectiva práctica, esto obliga a revisar contratos existentes, formatos de autorización, acuerdos con talento y políticas internas relacionadas con contenido digital y publicidad.
Muchas autorizaciones utilizadas actualmente en campañas comerciales fueron diseñadas antes del auge de la inteligencia artificial generativa, por lo que podrían resultar insuficientes frente a los nuevos requisitos legales.
Otro aspecto relevante es que la reforma contempla pagos específicos relacionados con el uso de inteligencia artificial.
Esto significa que no bastará una autorización genérica para explotar imagen o voz. Ahora deberá definirse expresamente si existe autorización para uso mediante IA y cuál será la contraprestación correspondiente.
En términos operativos, esto podría impactar:
También podría generar nuevas discusiones respecto a regalías, reutilización de contenido y explotación secundaria de material audiovisual.
Uno de los puntos más relevantes para agencias, marcas y áreas de marketing es el límite temporal establecido para campañas publicitarias. La reforma señala que el uso de imagen y voz en campañas tendrá una duración máxima de seis meses, salvo que exista una renovación expresa.
Si la campaña continúa después de ese periodo, deberá:
Esto podría modificar significativamente la manera en la que actualmente operan campañas digitales permanentes o contenido reutilizado en redes sociales, plataformas de streaming y publicidad programática.
Muchas empresas mantienen materiales publicitarios activos durante años sin actualizar permisos ni renegociar derechos de imagen. Bajo el nuevo marco legal, esa práctica podría generar riesgos importantes.
El impacto no se limita a televisión o medios tradicionales.
La reforma alcanza contenido difundido en:
Esto obliga a las empresas a mantener mayor control sobre:
Para empresas con campañas regionales o internacionales, también será importante revisar alcances territoriales y derechos de explotación en distintos países.
La reforma busca establecer mayor precisión en los contratos celebrados con artistas, intérpretes y ejecutantes. Ahora será necesario incluir elementos específicos relacionados con el uso de contenido, explotación de derechos e inteligencia artificial.
Entre los aspectos que deberán definirse destacan:
Los contratos deberán señalar claramente dónde será utilizado el material:
Las cláusulas genéricas podrían resultar insuficientes frente al nuevo estándar legal.
También deberá precisarse el país o región en la que será utilizado el contenido. Esto es particularmente importante para campañas internacionales, contenido global y plataformas digitales con alcance multinacional.
La reforma obliga a delimitar expresamente:
Este nivel de detalle será clave para reducir riesgos de disputas futuras.
La reforma también incorpora obligaciones relacionadas con condiciones dignas durante:
Aunque este aspecto tiene un enfoque laboral, también impacta la operación de agencias, productoras y empresas que contratan talento creativo.
Otro cambio importante es la ampliación del concepto de “artista, intérprete o ejecutante”. La intención es adaptar la legislación a nuevos modelos de creación y difusión de contenido digital.
Esto podría extender protección legal a perfiles que anteriormente no eran considerados dentro del marco tradicional, incluyendo ciertos creadores digitales, voces comerciales, talento para plataformas y otros participantes en producciones audiovisuales.
En consecuencia, empresas que anteriormente no consideraban necesario formalizar ciertos permisos o contratos podrían ahora encontrarse dentro del alcance de la legislación.
La reforma también impulsa mecanismos alternativos de solución de controversias.
Entre ellos:
El objetivo es evitar que todos los conflictos relacionados con derechos de imagen, voz o interpretación terminen necesariamente en procesos judiciales largos. Esto puede resultar particularmente relevante para empresas que buscan resolver disputas comerciales o publicitarias de manera más ágil y menos disruptiva.
Desde una perspectiva preventiva, también será importante revisar cláusulas contractuales relacionadas con jurisdicción, arbitraje y mecanismos de resolución de conflictos.
La legislación contempla ciertas excepciones en las que no existirán sanciones por uso de imagen o recreación.
Entre ellas:
Sin embargo, la interpretación de estos supuestos probablemente generará discusiones relevantes en los próximos años, especialmente en el entorno digital y en redes sociales.
La reforma establece sanciones relevantes para quienes:
Las multas pueden alcanzar hasta 15,000 UMAs, además del pago de daños y perjuicios.
Dependiendo del caso, también podrían existir consecuencias relacionadas con:
Más allá de las sanciones económicas, uno de los riesgos más relevantes para empresas será el impacto reputacional.
Actualmente, el uso de inteligencia artificial, deepfakes, clonación de voz y recreaciones digitales genera alta sensibilidad pública, especialmente cuando existen cuestionamientos relacionados con consentimiento o explotación indebida de identidad.
En industrias altamente expuestas al consumidor, una controversia de este tipo puede afectar campañas completas, relaciones comerciales y percepción de marca.
Aunque la reforma tiene un alcance amplio, existen sectores particularmente expuestos:
Las agencias y áreas de marketing deberán revisar:
Las compañías que desarrollan herramientas de inteligencia artificial o contenido automatizado deberán evaluar riesgos relacionados con:
Productoras, plataformas, estudios, streaming y empresas de medios enfrentarán nuevas obligaciones contractuales y operativas.
También existirán implicaciones laborales en contratación de talento, cláusulas de consentimiento y uso corporativo de imagen de empleados.
La entrada en vigor inmediata de la reforma obliga a las empresas a actuar rápidamente.
Entre las medidas más relevantes destacan:
En muchos casos, el riesgo no se encuentra únicamente en nuevas campañas, sino en contenido histórico que continúa utilizándose sin revisiones recientes.
La reforma marca un cambio importante en la regulación del uso comercial de imagen, voz e interpretaciones en México.
El crecimiento acelerado de la inteligencia artificial generativa y las nuevas formas de producción digital hicieron evidente la necesidad de actualizar un marco legal que ya no respondía a la realidad tecnológica actual.
Las empresas que utilizan contenido audiovisual, campañas digitales o herramientas de IA deberán adoptar una visión más preventiva y estratégica respecto a propiedad intelectual, contratación y cumplimiento laboral.
La velocidad con la que evolucionan estas tecnologías probablemente seguirá generando nuevos retos regulatorios, por lo que contar con estructuras contractuales claras y procesos internos sólidos será cada vez más relevante para reducir contingencias legales y operativas.