
El Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI) es una contribución que deben pagar las personas que adquieren un bien inmueble, conforme a lo previsto en los artículos 112 y 113 del Código Fiscal de la Ciudad de México.
En los últimos años, distintos tribunales del Poder Judicial de la Federación se han pronunciado sobre la constitucionalidad de este impuesto, particularmente a través de juicios de amparo promovidos por contribuyentes. En estos casos, se ha determinado que la mecánica de cálculo del ISAI puede resultar contraria al principio de proporcionalidad tributaria establecido en el artículo 31, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En términos generales, estos criterios han reconocido que el impuesto, en la forma en que actualmente se determina, no siempre guarda una relación adecuada con la capacidad contributiva del sujeto obligado, lo que abre la posibilidad de cuestionar su constitucionalidad.
Como consecuencia, los contribuyentes que han impugnado el ISAI han obtenido, en ciertos casos, la protección de la justicia federal, lo que puede traducirse en la exención de su pago o, en su caso, en la posibilidad de solicitar la devolución de las cantidades previamente enteradas, en tanto no se modifiquen las disposiciones aplicables.
A la fecha, no se han llevado a cabo reformas a los artículos 112 y 113 del Código Fiscal de la Ciudad de México que atiendan estos criterios, por lo que la discusión sobre la constitucionalidad del impuesto se mantiene vigente.
En este contexto, resulta relevante evaluar cada caso en particular para determinar si existen elementos que permitan impugnar el impuesto o, en su caso, recuperar cantidades pagadas.
En CMO Abogados analizamos estas situaciones desde la operación concreta del contribuyente y acompañamos en la definición de la estrategia más adecuada frente a este tipo de contingencias fiscales.